Tramitación de herencias en Valencia
Llevamos toda la herencia bajo un mismo techo: certificados, testamento o declaración de herederos, Impuesto de Sucesiones, plusvalía, notaría y registro. En casos seleccionados, adelantamos los costes.
Heredar no debería costarte meses ni dinero de más.
Una herencia llega en el peor momento y trae plazos que corren desde el primer día. Estos son los tres problemas que más vemos.
Seis meses que pasan volando
El Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal se liquidan en seis meses desde el fallecimiento. Si se pasa el plazo, llegan recargos del 5 % al 20 % más intereses de demora.
Bonificaciones que no se aplican solas
En la Comunidad Valenciana, cónyuge, hijos y padres tienen una bonificación del 99 % en la cuota del Impuesto de Sucesiones, pero hay que solicitarla bien. Una valoración mal hecha de los inmuebles puede costar más que el propio impuesto.
Herederos que no se ponen de acuerdo
Un proindiviso sin acuerdo bloquea la venta, genera gastos y enquista la relación. Cuanto antes se busca el acuerdo, más fácil es cerrarlo sin pleitos.
Herencias que salieron bien.
Lo difícil, resuelto. Toca cada expediente para leer el caso completo.
Cinco pasos, un solo interlocutor.
Llevamos cada fase en orden y te vamos contando cómo va. No te derivamos a terceros.
Primera consulta y diagnóstico
Revisamos quién hereda, qué bienes hay y qué plazos corren. Sales con un plan por escrito. La primera consulta es gratuita.
Documentación y títulos
Pedimos los certificados de defunción, de últimas voluntades (disponible unos 15 días hábiles después del fallecimiento) y de seguros. Si hay testamento, obtenemos la copia autorizada; si no, tramitamos la declaración de herederos ante notario.
Inventario y valoración
Identificamos inmuebles, cuentas, vehículos, valores y deudas. Valoramos los inmuebles tomando como mínimo el valor de referencia del Catastro, para que Hacienda no te corrija después.
Impuestos
Liquidamos el Impuesto de Sucesiones con las reducciones y la bonificación que te correspondan, y la plusvalía municipal con el método de cálculo más favorable. Si hace falta, pedimos la prórroga dentro de plazo.
Aceptación, reparto e inscripción
Preparamos la escritura de aceptación y adjudicación, te acompañamos en la firma e inscribimos los inmuebles en el Registro de la Propiedad. Si queréis vender, también nos ocupamos de la venta.
Todo el expediente, de principio a fin.
- Certificados de defunción, últimas voluntades y seguros
- Copia del testamento o declaración de herederos ante notario
- Escritura de aceptación y adjudicación
- Inscripción en el Registro y cambio de titularidad de cuentas
- Impuesto de Sucesiones con las bonificaciones valencianas
- Plusvalía municipal
- Prórrogas y aplazamientos
- Revisión de la valoración de los inmuebles
- Herederos sin acuerdo y proindivisos
- Aceptación a beneficio de inventario o renuncia si hay deudas
- Herederos que viven fuera de España: herencias de no residentes
- Venta del inmueble heredado
Lo que tarda una herencia.
Una herencia sencilla, con testamento y herederos de acuerdo, suele cerrarse en unos 3 a 6 meses. Sin testamento, con muchos bienes o con desacuerdo, puede alargarse. El Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal vencen a los 6 meses del fallecimiento, y ambos admiten prórroga si se pide a tiempo.
En casos seleccionados adelantamos impuestos, notaría y gestiones, y se liquida con la venta del inmueble. La primera consulta es gratuita.
Herencias en Valencia, sin letra pequeña.
Si tu duda no está aquí, te la resolvemos en la primera consulta, gratuita.
Una herencia sencilla, con testamento y herederos de acuerdo, suele resolverse en unos 3 a 6 meses. La falta de testamento, los bienes en varias provincias o el desacuerdo entre herederos alargan el proceso. En la primera consulta te damos un calendario realista.
Depende del parentesco y del valor heredado. Cónyuge, descendientes y ascendientes (grupos I y II) tienen una bonificación del 99 % en la cuota, que no se aplica sola: hay que solicitarla en la autoliquidación. Lo detallamos en nuestra guía del Impuesto de Sucesiones en la Comunitat Valenciana.
Es el impuesto del ayuntamiento sobre el aumento de valor del suelo de los inmuebles urbanos. Se presenta en 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año. Si no ha habido ganancia real no se paga, y se puede elegir el método de cálculo más favorable. Más en la plusvalía municipal en una herencia.
Hay que tramitar una declaración de herederos ante notario, que determina quién hereda según la ley. Suele añadir unas semanas al proceso. Te lo explicamos en herencia sin testamento.
Sí. Puedes renunciar o aceptar a beneficio de inventario, de forma que las deudas solo se paguen con los bienes de la herencia y nunca con tu patrimonio. Estudiamos el inventario antes de que decidas.
En casos seleccionados, sí: cubrimos impuestos, notaría y gestiones para que no tengas que adelantar dinero, y se liquida con la venta del inmueble. Lo valoramos caso por caso.
RevisiónRevisado por Estela Gisbert Vallés, letrada especialista en derecho sucesorio · Colegiada ICAV 14.209Actualizado en septiembre de 2026
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