Herencias en Valencia para no residentes
Heredas bienes en la Comunidad Valenciana pero vives fuera de España. Nos ocupamos de todo el proceso a distancia: Impuesto de Sucesiones, representación y adjudicación.
Heredas en Valencia, vives fuera de España.
Vivir en el extranjero convierte una herencia en un laberinto de impuestos, plazos y trámites presenciales. Lo llevamos por ti, sin que tengas que viajar.
Representación completa
Con un poder notarial otorgado desde tu país y apostillado, tramitamos la aceptación, la liquidación fiscal y la inscripción de los bienes sin que viajes.
Impuesto de Sucesiones y modelo 650
Presentamos el modelo 650 ante la Agencia Tributaria estatal y aplicamos las bonificaciones que te correspondan, para que no pagues de más.
Un solo interlocutor
Un especialista lleva tu caso de principio a fin, en tu idioma, y te informa en cada hito. Sin derivaciones a terceros.
Fiscalidad: Valencia vs. no residente.
Si eres no residente y heredas bienes situados en España, el Impuesto de Sucesiones es competencia estatal y se presenta mediante el modelo 650 ante la Oficina Nacional de Gestión Tributaria. Hasta 2015 eso te dejaba fuera de las reducciones autonómicas, mucho más favorables.
Desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (asunto C-127/12) y la posterior jurisprudencia del Tribunal Supremo, los no residentes tienen derecho a aplicar la normativa de la comunidad autónoma con la que exista el punto de conexión, donde estén la mayor parte de los bienes o donde residiera el causante. Si los bienes están en Valencia, puedes aplicar las bonificaciones de la Comunitat Valenciana. Es el punto donde más dinero se deja de pagar por desconocimiento.
Plazo: tienes 6 meses desde el fallecimiento para liquidar el impuesto. Es prorrogable otros 6 meses si se solicita dentro de los cinco primeros. Pasado el plazo, entran recargos e intereses.
Herencias de no residentes en Valencia.
Si tu duda no está aquí, te la resolvemos en la primera consulta, gratuita.
Se presenta el modelo 650 ante la Agencia Tributaria estatal (Oficina Nacional de Gestión Tributaria), no ante la comunidad autónoma. Nosotros lo tramitamos por ti.
Sí. Desde la jurisprudencia europea y del Tribunal Supremo, un no residente puede aplicar la normativa autonómica del lugar donde radiquen la mayor parte de los bienes. Si están en Valencia, aplican las reducciones valencianas.
No. Con un poder notarial otorgado en tu país de residencia, apostillado y traducido, gestionamos toda la herencia en tu nombre sin que te desplaces.
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se solicita en los primeros cinco. Conviene actuar pronto para evitar recargos.
¿Hablamos de tu herencia?
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