El Impuesto sobre Donaciones grava lo que recibes gratis en vida de otra persona: dinero, un inmueble, participaciones… Es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, así que cuánto se paga depende de dónde esté el inmueble, si se dona un inmueble en España, o de la comunidad en la que haya vivido más días en los últimos cinco años quien la recibe, si se dona dinero u otros bienes. En la Comunitat Valenciana, para familiares cercanos, la factura puede ser muy inferior a la de otras regiones.
Cómo se calcula
El punto de partida es el valor de lo donado. Sobre él se aplican, cuando corresponden, las reducciones y bonificaciones autonómicas, y el resultado determina la cuota. Lo que más pesa es el parentesco: no es lo mismo donar a un hijo o al cónyuge que a un sobrino o a un extraño.
Descendientes, cónyuge y ascendientes
La Comunitat Valenciana tiene reducciones y bonificaciones autonómicas para las donaciones entre padres, hijos, cónyuge y ascendientes, que rebajan mucho la cuota a pagar. Los importes y porcentajes exactos cambian, así que conviene confirmar la cifra vigente en el momento de la donación.
Documento público y justificación
Para aplicar los beneficios fiscales suele exigirse que la donación se formalice en documento público (escritura) y, en el caso del dinero, que quede justificado el origen de los fondos. Sin estos requisitos se pierden las bonificaciones. Hay una excepción para donaciones pequeñas de dinero o de un coche de uso particular: si entre el mismo donante y el mismo receptor no pasan de 4.000 €, sumando las de los tres años anteriores, basta un documento firmado con un servicio de confianza cualificado, como la firma electrónica cualificada, en lugar de escritura.
Sin parentesco cercano
Cuando quien recibe no es familiar directo, las bonificaciones se reducen o desaparecen y la factura sube bastante. En esos casos hay que mirar bien si compensa donar o buscar otra vía.
Aunque la donación la paga quien recibe, si donas un inmueble o un activo que se ha revalorizado, tú (el donante) puedes tener que declarar una ganancia patrimonial en tu IRPF, como si lo hubieras vendido. Es el error que más disgustos da y lo explicamos al comparar donar en vida o dejar en herencia.
¿Donar en vida o esperar a la herencia?
No hay una respuesta única. La donación permite adelantar la transmisión y aprovechar bonificaciones, pero puede activar esa ganancia en el IRPF del donante. La herencia evita ese IRPF, pero tributa por el Impuesto de Sucesiones. La decisión correcta depende del tipo de bien, de su revalorización y de tu situación familiar, y casi siempre se toma mejor dentro de una planificación patrimonial en vida.
En Equus Capital calculamos la fiscalidad real de cada opción y te ayudamos a elegir la vía más eficiente para transmitir tu patrimonio en la Comunitat Valenciana. Y cuando llega el momento de la herencia, nos encargamos de toda su tramitación en Valencia. Primera consulta gratuita y sin compromiso.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga por una donación en la Comunitat Valenciana?
Depende del valor donado y, sobre todo, del parentesco. Para descendientes, cónyuge y ascendientes existen reducciones y bonificaciones autonómicas que abaratan mucho la cuota. Los porcentajes exactos se actualizan, por lo que conviene confirmar la cifra vigente.
¿Qué requisitos hay para pagar menos por una donación?
Normalmente se exige formalizar la donación en documento público (escritura) y, si es dinero, justificar el origen de los fondos. Sin estos requisitos se pierden las bonificaciones autonómicas y la factura sube. Hay una excepción: las donaciones de dinero o de un coche de uso particular que, entre el mismo donante y el mismo receptor, no pasen de 4.000 € sumando las de los tres años anteriores, pueden hacerse con un documento firmado con un servicio de confianza cualificado, sin escritura.
¿Quien dona también paga impuestos?
Puede. Aunque el Impuesto de Donaciones lo paga quien recibe, si donas un inmueble o activo revalorizado, tú como donante puedes tener que declarar una ganancia patrimonial en tu IRPF, como si lo hubieras vendido.
¿Es mejor donar en vida o dejarlo en herencia?
Depende del bien y de su revalorización. La donación aprovecha bonificaciones pero puede activar el IRPF del donante; la herencia evita ese IRPF pero tributa por Sucesiones. Lo ideal es decidirlo dentro de una planificación patrimonial.