Cuando en una herencia hay un heredero que reside en el extranjero, o bienes situados en la Comunitat Valenciana que hereda alguien de fuera, el Impuesto de Sucesiones no desaparece: cambia de reglas. Saber qué administración es competente, qué modelo se presenta y en qué plazo es la diferencia entre una tramitación limpia y una sanción evitable.
¿Quién tributa y ante quién?
La regla general: quien hereda tributa en España por los bienes situados aquí. Si el heredero no reside en España, la competencia suele ser de la Agencia Tributaria estatal (no de la autonómica), aunque puede aplicar la normativa de la comunidad donde estén los bienes o donde residiera el fallecido. Esa elección de normativa es precisamente donde se gana o se pierde dinero, porque de ella depende si se aplican las bonificaciones de la Comunitat Valenciana.
El modelo 650 y el plazo
La liquidación se hace con el modelo 650. El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6 si se pide a tiempo. Vivir fuera no amplía el plazo: sigue corriendo aunque el heredero esté a miles de kilómetros.
Representante fiscal en España
El no residente suele necesitar un representante fiscal con domicilio en España ante la Agencia Tributaria, y un NIE. Gestionar esto desde el extranjero, con la documentación apostillada y traducida, es una de las causas más frecuentes de retraso.
La doble imposición
Si el país de residencia del heredero también grava la herencia, puede haber doble imposición. Los convenios internacionales y la deducción por doble imposición evitan pagar dos veces, pero hay que aplicarlos correctamente y probarlos.
Reunir certificados extranjeros, apostillas y traducciones juradas lleva semanas. Si esperas a tenerlo todo para empezar, el plazo de 6 meses puede vencer. Lo prudente es arrancar de inmediato y, si hace falta, pedir la prórroga dentro de los primeros 5 meses.
Por qué conviene un despacho local
Una herencia de no residentes junta lo peor de dos mundos: la complejidad fiscal española y la distancia. Tener en València quien recupere copias notariales, trate con la Agencia Tributaria, verifique valores catastrales y coordine con el heredero en el extranjero permite resolverla sin que nadie tenga que viajar. Es exactamente el tipo de expediente que tramitamos a distancia. Conviene además tener claro cuánto se tarda en cobrar una herencia y, si hay inmuebles, cómo vender una casa heredada en València.
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Preguntas frecuentes
¿Quién paga el Impuesto de Sucesiones si el heredero no reside en España?
El heredero tributa en España por los bienes situados aquí, normalmente ante la Agencia Tributaria estatal. Puede aplicar la normativa autonómica (y sus bonificaciones) según dónde estén los bienes o dónde residiera el fallecido, algo que conviene analizar en cada caso.
¿Qué es el representante fiscal en una herencia de no residentes?
Es una persona con domicilio en España que representa al heredero no residente ante la Agencia Tributaria. Suele ser necesario, junto con el NIE, para poder liquidar el impuesto y realizar los trámites desde el extranjero.
¿Se aplica la bonificación del 99% a los no residentes?
Puede aplicarse si el caso permite acogerse a la normativa de la Comunitat Valenciana. Tras la equiparación entre residentes y no residentes de la UE/EEE, y por extensión a terceros países, es clave elegir bien la normativa aplicable para no pagar de más.
¿Se paga el impuesto dos veces si vivo en otro país?
No debería. Si el país de residencia también grava la herencia, los convenios de doble imposición y la deducción correspondiente evitan pagar dos veces, siempre que se apliquen y justifiquen correctamente.