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Mientras la transferencia no se inscribe, en el Registro de Vehículos de la DGT el titular sigue siendo el vendedor. Y a quien figura como titular es a quien la Administración dirige las sanciones y el ayuntamiento el impuesto de circulación. Por eso el problema no es del comprador: es tuyo hasta que lo resuelves.

Quién tiene que hacer qué

COMPRADOR

Pedir el cambio de titularidad en 30 días

Tras firmar el contrato, el comprador está obligado a solicitar la transferencia a su nombre en un plazo máximo de 30 días, pagando la tasa de la DGT (55,70 € en 2026) y el impuesto que corresponda.

VENDEDOR

Notificar la venta a Tráfico

El vendedor debe comunicar la venta a la DGT nada más hacerla. Con esa notificación, y el contrato de compraventa con los datos del comprador, quedas exonerado de las posibles sanciones que se cometan con el vehículo aunque el cambio de titularidad todavía no se haya completado.

Si ya vendiste y el comprador no ha hecho nada

PASO 01

Notifica la venta ahora

Si no lo hiciste en su día, hazlo ya. Necesitas el contrato de compraventa firmado, con fecha, datos completos del comprador y del vehículo. Cuanto antes conste la venta, antes dejas de responder de lo que haga el nuevo conductor.

PASO 02

Reúne las pruebas

Contrato, justificante del pago (transferencia bancaria mejor que efectivo), mensajes con el comprador y, si la tienes, la fecha y hora de la entrega. Si llega una multa de una fecha posterior a la venta, con esas pruebas se identifica al conductor real.

PASO 03

Requiere al comprador por escrito

Un burofax pidiéndole que complete la transferencia en un plazo concreto deja constancia de que lo has intentado. Si no responde, el contrato te permite reclamarle los importes que hayas tenido que pagar por su culpa.

⚠ El impuesto de circulación sigue al registro

El ayuntamiento gira el impuesto de circulación a quien figura como titular a 1 de enero. Si el comprador no hace la transferencia, el recibo puede llegarte a ti aunque ya no tengas el coche. Por eso la notificación de venta y el contrato no son un trámite menor: son tu defensa.

Cómo evitarlo en la próxima venta

La forma más segura es no entregar el coche hasta que la transferencia esté presentada, o hacerla juntos el mismo día a través de un gestor. Si eso no es posible, notifica la venta a la DGT antes de que el coche salga de tu garaje y guarda una copia del contrato. Lo explicamos paso a paso en la transferencia de un coche entre particulares.

Cómo lo resolvemos en Equus Capital

Desde nuestra gestoría de tráfico notificamos la venta, tramitamos la transferencia por el comprador si hace falta, y cuando ya han llegado sanciones preparamos las alegaciones con la documentación de la venta para que se dirijan a quien corresponde. Sin que tengas que ir a Tráfico.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si vendo el coche y el comprador no hace la transferencia?

Seguirás figurando como titular en la DGT, así que las multas y el impuesto de circulación pueden llegarte a ti. Para protegerte, notifica la venta a Tráfico y conserva el contrato de compraventa.

¿Cuánto tiempo tiene el comprador para hacer la transferencia?

30 días desde la firma del contrato de compraventa, según la DGT.

¿La notificación de venta me libra de las multas?

Sí. Con la notificación de venta quedas exonerado de las sanciones cometidas con el vehículo después de la venta, aunque el comprador aún no haya completado la transferencia.

¿Me pueden cobrar el impuesto de circulación de un coche que ya vendí?

Sí, si sigues figurando como titular a 1 de enero. Por eso conviene cerrar la transferencia cuanto antes y guardar el contrato para reclamar al comprador.

¿Qué hago si llega una multa de después de la venta?

Presenta alegaciones identificando al comprador como conductor, aportando el contrato de compraventa y, si la hiciste, la notificación de venta.