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La respuesta corta: el seguro del hogar no cubre tu oro solo por tenerlo en casa. Depende de la póliza, y muchas ponen un límite bajo a las joyas y objetos de valor, piden declararlos o exigen caja fuerte. Además, si hay un robo, eres tú quien tiene que probar que el oro existía y cuánto valía. Lo seguro es preguntar por escrito a tu aseguradora y guardar las facturas.

En este artículo
  1. Qué suelen decir las pólizas de hogar
  2. Lo que sí dice la ley
  3. Si te roban: plazos y pruebas
  4. Qué hacer ahora, antes de que pase nada
  5. La alternativa: que el oro no esté en casa
  6. Errores frecuentes
  7. Cuándo pedir ayuda
  8. Preguntas frecuentes

Qué suelen decir las pólizas de hogar

Ninguna norma dice cuánto oro cubre un seguro de hogar: lo fija cada aseguradora. Pero en las pólizas de hogar se repiten estas condiciones:

Y casi ninguna póliza aclara si un lingote o una moneda bullion es una «joya» o un «objeto de valor». Conviene preguntarlo.

Lo que sí dice la ley

Las reglas de fondo están en la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro.

Las cláusulas limitativas tienen que estar destacadas y firmadas

Las cláusulas que limitan tus derechos deben destacarse de modo especial y aceptarse específicamente por escrito (artículo 3). La póliza también tiene que destacar tipográficamente las exclusiones y limitaciones de cada cobertura (artículo 8). Las cláusulas que solo delimitan el riesgo o la suma asegurada no necesitan esa firma, y saber de qué tipo es cada una depende de la póliza. Si el límite a los objetos de valor te recorta derechos, está en letra pequeña y no lo firmaste, puede que tengas margen para discutirlo.

Tienes que declarar el riesgo, y avisar si aumenta

Antes de firmar, debes contestar con verdad al cuestionario que te pase la aseguradora (artículo 10). Si ocultas algo, la indemnización se reduce, y con dolo o culpa grave no se paga. Si durante el contrato el riesgo declarado aumenta, hay que comunicarlo cuanto antes (artículo 11); si no, la indemnización se reduce o, con mala fe, se pierde (artículo 12). Si en el cuestionario te preguntaron por objetos de valor y después has comprado bastante más oro, lo prudente es comunicarlo.

En un incendio, los metales preciosos quedan fuera salvo pacto

En el seguro de incendios, salvo pacto expreso, no se cubren los daños en «piedras y metales preciosos» ni en otros objetos de valor que estén en la casa (artículo 46).

El robo, con sus excepciones

El seguro contra robo cubre la sustracción ilegítima de las cosas aseguradas por parte de terceros (artículo 50). La aseguradora paga el valor de lo sustraído si no aparece en el plazo del contrato, y los daños que cause el delito (artículo 51). Salvo pacto en contrario, no paga si hubo negligencia grave tuya o de quienes viven contigo, ni si lo robado estaba fuera del lugar que describe la póliza (artículo 52). Si el oro aparece después de cobrar, la ley regula si lo recuperas o te quedas la indemnización (artículo 53).

Si aseguras de menos, cobras de menos

Es la regla proporcional. Si el día del siniestro la suma asegurada es inferior al valor real de lo asegurado, la aseguradora paga el daño en la misma proporción (artículo 30). Por ejemplo: si el contenido vale el doble de lo que tienes asegurado, cobrarás la mitad del daño, aunque el robo sea pequeño. La regla se puede excluir de común acuerdo, y también se puede pactar un sistema para actualizar la suma asegurada (artículo 29).

Si te roban: plazos y pruebas

Denuncia el robo cuanto antes. Sin denuncia, casi ninguna aseguradora abre el expediente.

Qué hacer ahora, antes de que pase nada

1. Lee las condiciones particulares

Busca la suma del contenido, el límite de joyas y objetos de valor, si se exige caja fuerte y cómo se trata el hurto.

2. Pregunta por escrito

Manda un correo a tu aseguradora o a tu mediador: «Tengo lingotes y monedas de oro por un valor aproximado de tanto. ¿Están cubiertos? ¿Como joyas, como objetos de valor o de ninguna forma? ¿En robo, hurto e incendio?». Guarda la respuesta.

3. Declara el valor y guarda las pruebas

Declara el metal si te lo piden. Guarda las facturas, los certificados de cada pieza y fotos con el número de serie, fuera de casa o en la nube. También te servirán ante Hacienda, como contamos en tengo oro en casa, ¿lo declaro a Hacienda?.

4. Valora una póliza específica o una caja fuerte

Si el límite de tu póliza se queda corto, puedes ampliarlo, contratar una cobertura específica para objetos de valor o pactar un valor aceptado (póliza estimada, artículo 28). Una caja fuerte homologada y bien anclada suele ser condición para que te cubran más.

5. Revisa la suma cuando sube el oro

Si el precio sube y la póliza no se toca, te acercas al infraseguro sin darte cuenta.

La alternativa: que el oro no esté en casa

Las opciones, con sus pros y contras, están en dónde guardar el oro físico.

En Equus Capital somos consultores oficiales de SilverGold en Valencia. Cuando un cliente compra a través de SilverGold, firma el contrato a su nombre, el metal queda identificado a su nombre (SilverGold le envía un anexo con el detalle de las piezas) y se custodia en las cámaras de Loomis, asegurado y a su nombre. Si lo prefiere, puede pedir que se lo entreguen. Nosotros no vendemos ni guardamos el oro: asesoramos. Antes de elegir custodia, comprueba si el metal es realmente tuyo: lo explicamos en el oro que compras, ¿es tuyo?.

Errores frecuentes

Cuándo pedir ayuda

Cuando el metal que tienes en casa te quita el sueño, cuando la aseguradora no te contesta claro, cuando has heredado oro sin papeles o cuando te han rechazado un siniestro. Si te lo rechazan, primero se reclama al servicio de atención al cliente de la aseguradora y después se puede acudir a la Dirección General de Seguros.

Preguntas frecuentes

¿El seguro del hogar cubre los lingotes de oro?

Depende de la póliza. Muchas los tratan como joyas u objetos de valor, con un límite propio, y pueden exigir declararlos o tener caja fuerte. Pregunta por escrito a tu aseguradora.

¿Cubre el seguro el oro si hay un incendio?

Solo si la póliza lo pacta expresamente. Sin ese pacto, la ley deja fuera del seguro de incendio los metales preciosos (artículo 46).

¿Cuánto tiempo tengo para comunicar un robo al seguro?

Siete días desde que lo conoces, salvo que la póliza dé más (artículo 16), y cinco días más para enviar por escrito la lista de lo sustraído (artículo 38).

¿Qué pasa si tengo más oro del que aseguré?

Se aplica la regla proporcional: si la suma asegurada es inferior al valor real, cobras el daño en la misma proporción (artículo 30), salvo que se haya excluido esa regla en la póliza.

¿Cómo demuestro que tenía el oro?

Te toca a ti (artículo 38). Lo más útil son las facturas a tu nombre, los certificados de las piezas y las fotos con el número de serie. Si razonablemente no puedes aportar pruebas mejores, lo que recoge la póliza se presume a tu favor.